Apelar: Acudir al juez superior para q revoque la sentencia dada por el juez inferior.
Abrogar: Abolir o revocar una ley, código o norma jurídica en su totalidad.
Conducente: Que conduce o lleva algún sitio.
Derogado: Anular o modificar (una ley o precepto) con una nueva ley o precepto.
Enajenación: Restricción de la personalidad jurídica.
Escisión: Separación, división de un conjunto en dos o más partes generalmente del mismo o semejante valor.
Explícitamente: Claramente.
Fedatario: Notario o funcionario que da fe pública de algo.
Fideicomisario: Persona a recibir los bienes del fideicomiso.
Fideicomiso: Disposición por la cual el testador deja su herencia o parte de ella encomendada a la fe de uno
para que en caso y términos determinados la trasmita a otro o la invierta según se señale.
Fiduciaria: Institución de crédito autorizada por la ley tiene la titularidad de los bienes y se encarga de administrar los bienes del fidecomiso.
Impugnar: Medio judicial, sirve para revocar, anular o modificar una resolución jurídica.
Labrados: Cultivados.
Laudo: Decisión o fallo que dictan los árbitros en un conflicto.
Litis: Pleito. Litigio
Menoscabo: Disminución de su valor, pérdida de prestigio.
Minuta: Relatoría detallada de una reunión señalando las intervenciones de lo dicho por cada una de las
personas durante una junta.
Potestativo: Sujeto a la libre facultad.
Reputa: Considerar.
Revocar: Dejar sin efecto una concesión, mandato o resolución.
Subsanable: Reparar, resolver.
Tácticamente: Método empleado con el fin de alcanzar un objetivo.
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