domingo, 20 de noviembre de 2011

GLOSARIO

Apelar: Acudir al juez superior para q revoque la sentencia dada por el juez inferior.

Abrogar: Abolir o revocar una ley, código o norma jurídica en su totalidad.

Conducente: Que conduce o lleva algún sitio.

Derogado: Anular o modificar (una ley o precepto) con una nueva ley o precepto.

Enajenación: Restricción de la personalidad jurídica.

Escisión: Separación, división de un conjunto en dos o más partes generalmente del mismo o semejante valor.

Explícitamente: Claramente.

Fedatario: Notario o funcionario que da fe pública de algo.

Fideicomisario: Persona a recibir los bienes del fideicomiso.

Fideicomiso: Disposición por la cual el testador deja su herencia o parte de ella encomendada a la fe de uno 
para que en caso y términos determinados la trasmita a otro o la invierta según se señale.

Fiduciaria: Institución de crédito autorizada por la ley tiene la titularidad de los bienes y se encarga de administrar los bienes del fidecomiso.

Impugnar: Medio judicial, sirve para revocar, anular o modificar una resolución jurídica.

Labrados: Cultivados.

Laudo: Decisión o fallo que dictan los árbitros en un conflicto.

Litis: Pleito. Litigio

Menoscabo: Disminución de su valor, pérdida de prestigio.

Minuta: Relatoría detallada de una reunión señalando las intervenciones de lo dicho por cada una de las 
personas durante una junta.

Potestativo: Sujeto a la libre facultad.

Reputa: Considerar.

Revocar: Dejar sin efecto  una concesión, mandato o resolución.

Subsanable: Reparar, resolver.

Tácticamente: Método empleado con el fin de alcanzar un objetivo.

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